Con Precaución

De jueces a jueces, según la época

Por Sergio Mejía Cano

En la entrega anterior que se refería a la detención de la tripulación de un tren que llevaba indocumentados en unos contenedores, varias personas me preguntaron el cómo y porqué se tenía que invocar un artículo ya derogado de la Ley de Vías Generales de Comunicación, específicamente el 135, ante las autoridades en caso de algún accidente ferroviario.

Esto se debía a que anteriormente las comunicaciones no eran como hoy en día, por lo que un tren no se podía dejar sin tripulación detenido obstruyendo el paso de otros trenes, porque aparte de la importancia de hacer llegar las mercancías que llevaba el tren, se corría el riesgo de choques o alcances debido a que las tripulaciones de otros trenes en ambas direcciones no sabían que un tren estuviera detenido a medio camino, por lo que podían llegar y estamparse con el tren detenido, ya fueran de pasajeros o de carga y, desde luego, con fatales consecuencias.

Se les decía a las autoridades que tomaran los datos necesarios y que posteriormente la empresa ferroviaria citaría a las tripulaciones involucradas a que comparecieran a una investigación para deslindar responsabilidades tanto a la empresa como a los ministerios públicos respectivos. Así que el conductor del tren una vez que les daba los datos requeridos a las autoridades, proseguía su marcha hacia su destino, en caso de poder hacerlo con las unidades que estuviesen sobre los rieles y a veces hasta llevando heridos y cuerpos en caso de ser tren de pasajeros hasta la población más cercana con más facilidad de comunicación, porque a veces los accidentes se daban en lugares apartados y de difícil acceso.

Anteriormente las empresas ferroviarias tenían un departamento de Servicios Especiales que mandaba a sus agentes a hacerse cargo de la situación haciéndose cargo de las responsabilidades habidas y por haber y más cuando en un accidente ferroviario había sangre de por medio y, obviamente, a las mercancías que se transportaban, por aquello de los seguros de riesgo en el transporte.

Asimismo, todavía hasta los años 80 del siglo pasado, por lo menos en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, había jueces especializados en todo tipo de transporte. Me tocó estar presente en una averiguación en un juzgado en donde se investigaba el hecho de que en el patio de maniobras del Ferrocarril del Pacífico (FCP), el juez a cargo de esta investigación sabía hasta con punto y coma el reglamento de transportes del FCP y el de los Nacionales de México (FERRONALES), ya que ambos diferían en ciertas reglas en cuanto a dicción, pero que esencialmente eran lo mismo.

El representante sindical del ferrocarril que era un maquinista de patio, pero con examen de maquinista de camino y que por lo mismo, sabía y entendía muy bien el reglamento de transportes, así como la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley Mercantil y las demás inherentes al transporte terrestre de pasaje y de carga, le preguntó a ese juez cómo es que se sabía el reglamento de los ferrocarriles mexicanos, a lo que el juez, de buen modo respondió que él estaba especializado en transporte terrestre tanto ferroviario como federal de caminos carreteros y, que así como él que esa era su especialidad, también había otros jueces con especialidad en aeronáutica y navegación.

Sin embargo, al parecer hoy en día esta práctica en los jueces ya no aplica, porque el juez de Hermosillo, Sonora que no liberó a los tripulantes del tren en donde viajaban indocumentados y que fue detenido al norte de la capital sonorense, nada más dio fe de si los trabajadores habían sido detenidos en forma legal, si les habían leído y dado a conocer sus derechos, etcétera. Y, aparte de esto, la falta de rapidez en la acción por parte de la empresa ferroviaria que no actuó a tiempo para evitar la detención de la tripulación, lo que jamás debió suceder debido a que. en sí, la tripulación de los trenes de carga ahora ya no conocen el contenido de las mercancías que transportan, supuestamente dizque por seguridad y así evitar más robos a los trenes en camino.

En septiembre de 2023 en varios medios informativos se dio a conocer una nota de la empresa ferroviaria, cuyo encabezado decía: “Ferromex se ve obligado a suspender movimiento de trenes de carga para proteger la integridad de personas migrantes”. Sin embargo, como ya está comprobado que el detener a los migrantes es prácticamente casi imposible, todo quedó en pura intención, por lo que tal vez ahora el detener tripulaciones sea otra intención.

Sea pues. Vale.

Redacción

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