Comisión de Justicia aprobó el dictamen que actualiza los medios de impugnación en elección de integrantes del PJ

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2024

No. 0142

Comisión de Justicia aprobó el dictamen que actualiza los medios de impugnación en elección de integrantes del PJ

• En lo general, el proyecto recibió 19 votos a favor y 10 en contra, mientras que en lo particular se registraron 26 votos en pro y 10 en contra.

• Diputadas y diputados exponen sus puntos de vista a favor y en contra

La Comisión de Justicia, presidida por el diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), aprobó el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, relativo a la actualización de los medios de impugnación en el proceso de elección de los integrantes del Poder Judicial de la Federación.

En lo general fue ratificado con 19 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, y en lo particular, por 26 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones. Se remitió a la Mesa Directiva para los efectos de la programación legislativa.

En la sesión, la diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT), secretaria de la Comisión, informó que se recibieron reservas del diputado César Israel Damián Retes (PAN), al artículo 80, que fue retirada, y del diputado José Guillermo Anaya Llamas (PAN) al artículo 80 y 49, que fue rechazada en la discusión en lo particular.

Asimismo, del diputado Pablo Vázquez Ahued, de MC, al artículo 77 Ter, y del diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (MC) a los artículos 49, 53, 55, 61, 71, 79, 80 y 11, las cuales serán presentadas en el Pleno.

El documento establece que durante el proceso electoral para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales en los términos señalados por la citada ley; los medios de impugnación no producirán efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado.

Añade que serán actos impugnables a través del juicio de inconformidad en la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y del Tribunal de Disciplina Judicial, en la elección de personas magistradas de Tribunales Colegiados de Circuito y de Apelación, así como personas juzgadoras de Juzgados de Distrito.

Determina que la Sala Superior del Tribunal Electoral será competente para resolver los juicios de inconformidad respecto de los actos señalados en el inciso a) del párrafo 1 del artículo 50 de la ley en comento, con excepción de la elección de sus integrantes, en cuyo caso corresponderá conocer al Pleno de la SCJN.

El juicio de inconformidad sólo podrá ser promovido por los partidos políticos y por los candidatos cuando se impugne la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial, y deberá presentarse por la persona candidata interesada.

Puntualiza que cuando se impugne la elección de personas ministras de la SCJN, magistradas de la Sala Superior y del Tribunal de Disciplina Judicial, deberá promoverse a más tardar dentro de los cuatros días posteriores a que el Consejo General del Instituto Federal Electoral realice la declaratoria de resultados correspondientes.

Además, subraya que el Juicio Electoral será procedente para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho de ser votadas las personas candidatas a ministras, magistradas, juezas del PJF en el proceso electoral respectivo.

Menciona que solo podrán promover Juicio Electoral las personas que acrediten su interés jurídico como candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial de la Federación. Las Salas del Tribunal Electoral serán competentes para conocer de este recurso.

Estipula que el plazo para impugnar será de tres días, contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado o se tenga conocimiento de la resolución o el acto correspondiente.

Señala que en el Juicio Electoral no se podrá ofrecer o aportar prueba alguna, por ser de estricto derecho, salvo en los casos extraordinarios de pruebas supervenientes, cuando éstas sean determinantes para que se acredite la restricción alegada.

Posturas a favor y en contra

El diputado Hugo Eric Flores Cervantes (Morena) expresó que la minuta sobre la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación es correcta y solo se están tocando los puntos que eran necesarios a resolver para una gran nueva elección que es la de los integrantes del Poder Judicial. Además, garantiza el derecho a la tutela efectiva para que todas las sentencias estén fundadas, motivadas, sean justas, correctas y congruentes; es una propuesta técnicamente correcta.

Del PAN, la diputada Paulina Rubio Fernández indicó que no pueden hoy apoyar la consecuencia de un proceso desastroso de la reforma a la Constitución. Manifestó su preocupación por los dictámenes y ver cómo los pasos que siguen son “copy page” de cualquier proceso electoral. “No puede ni debería ser así, porque lo que estamos eligiendo es a quién va a impartir justicia en el país”.

Al manifestarse a favor, la diputada María Luisa Mendoza Mondragón (PVEM) precisó que la modificación a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, tiene como objetivo garantizar el recurso judicial efectivo para las personas que se postulen en el proceso de elección de ministros, magistrados y jueces, por lo que ser electo es un derecho y un principio de igualdad política, así como a participar en la vida pública del país.

Del PRI, el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez indicó que hoy se pretende regular el proceso electoral que ya inició y sin seriedad para tener una elección de jueces y magistrados, y que como grupo parlamentario no apoyarán estas minutas porque no hay certeza hacia la reforma judicial y están comprometiendo su independencia. “Hay errores graves en esta reforma que podrían llevar a la invalidez de la elección y poner en entredicho el sistema judicial mexicano”.

El diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) aclaró que es una reforma constitucional y un mandato y, sobre esto, no hay ninguna ley que esté por encima, además de que se establecieron plazos concretos; se trata de una transformación profunda del Estado mexicano y “estamos rescatando el poder público para ponerlo al servicio del pueblo”.

Por el PAN, el diputado César Israel Damián Retes manifestó su preocupación por los dictámenes porque se trata de un tema importante y trascendental en el que no se están haciendo bien las cosas y se somete al Poder Judicial a estructuras partidistas. Dijo que votaría en contra de la propuesta de cooptar a ese Poder “y con eso desaparecer la división de Poderes y extinguir la República”.

El diputado José Carlos Acosta Ruiz (Morena) dijo que la reforma está bien hecha, es patriótica, cumple con los tiempos y no tiene ninguna violación al 105 constitucional; lo que busca es terminar con las pensiones millonarias y atender la demanda de la ciudadanía cansada de ministros y jueces de consigna. Subrayó que su grupo parlamentario defenderá, argumentará y siempre dará el debate jurídico que corresponda a favor de las y los mexicanos.

Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, diputado de MC, consideró que se tiene todavía la posibilidad de reglamentar la reforma constitucional y llevar la elección de jueces apegados a estándares de derechos humanos, incluyendo en la elección de los mismos, un examen, y podríamos tener jueces que no conocen de las materias de amparo o penal. “Es otra vez más discrecionalidad y una politización de la justicia”.

El diputado del PT, Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, calificó al dictamen de congruente con la reforma constitucional, con los artículos transitorios y con la normatividad jurídica que hay respecto a los procesos electorales, y no se está inventando el hilo negro, en lo que implica la organización del proceso electoral, los juicios cuando hay inconformidad, quién es la autoridad competente, cuáles son los plazos y cuál es el sistema de nulidades.

Reanudan reunión

Previamente, al reanudar la reunión extraordinaria, el diputado Moreno Rivera mencionó que desde la primera reunión de Junta Directiva y de la del Pleno se envió a la Dirección Jurídica de la Cámara de Diputados la solicitud de un informe sobre suspensiones, y se “está en la espera que por escrito se les conteste”.

El diputado Emilio Suárez Licona (PRI) comentó que la convocatoria de la reunión extraordinaria no cumplió con las formalidades; el plazo ya está previsto en las disposiciones transitorias de la reforma constitucional y es necesario que la minoría conozca el informe sobre la existencia de suspensiones provisionales y definitivas en la materia. “Hay un derecho de información de las y los diputados. Debemos saber las consecuencias y los efectos de la existencia de una suspensión definitiva”.

Por el PT, la diputada Lilia Aguilar Gil señaló que el acuerdo de la Junta Directiva de la Comisión autoriza al presidente convocar a reunión extraordinaria con carácter de urgente, y dijo que el Senado de la República debe emitir la convocatoria para integrar el listado de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial y no lo puede hacer si no hay leyes secundarias porque “estaría completamente sin certeza jurídica”.

El diputado Leonel Godoy Rangel (Morena) afirmó que la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para frenar los efectos de la reforma constitucional fue una “chicanada del propio Poder Judicial, siendo juez y parte, ya que si hubiera actuado con pulcritud jurídica las solicitudes de amparo se hubieran negado por improcedentes”. Señaló que el artículo 61 de la Ley de Amparo, indica claramente que no puede haber suspensiones a una reforma constitucional en curso.

José Guillermo Anaya Llamas, diputado del PAN, dijo que se debió haber circulado el dictamen a todos los miembros de la Comisión para su estudio y análisis. “Se puede convocar a una reunión extraordinaria y estar en sesión permanente pero no es excusable que el dictamen se circule por lo menos con cinco días de anticipación. Ahorita estamos en el momento para que podamos corregir todas las irregularidades”.

Del PT, el diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja indicó que los tiempos no deben ser tema de debate pues están sustentados en la reglamentación, además de que hay una urgencia evidente pues estamos a ocho meses de la celebración del proceso electivo de ministros, la mitad de los magistrados y la mitad de los jueces federales. Entonces, no hay motivo para seguir dilatando. “Estas suspensiones son absurdas, ilegales e inconstitucionales”.

El diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT) cuestionó en qué marco se da esta discusión, porque tanto el orden del día como la convocatoria a esta sesión están bien. Pidió avanzar con el tema y se pase a la discusión que atañe a la reunión.

El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI) mencionó que solicitará información al director Jurídico si la Cámara de Diputados ha sido notificada de suspensiones, si existen, cuántas son y cuál es el alcance de las mismas y si se combatieron. “Esa es nuestra petición mínima a un órgano que debe bridarnos estos datos”.

Redacción

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